Cómo iniciar o registrar mi Pyme?

Si planeas crear tu negocio, negocio primero lo primero. Deberás investigar si lo que planeas realizar es factible, si te permitirá generar la remuneración suficiente para seguir adelante y si tienes las habilidades para desempeñarte en ello. Después de visto eso puedes dar el siguiente paso, no comiences al revés! Decimos esto pues muchos suelen invertir un capital en lo primero que se les viene a la mente, pero ‘cuidado’ que dicho negocio puede estar sobre explotado.

Esta publicación te será de ayuda tanto si ya tienes un negocio en mente, no regularizado, o si estás pensando en cómo comenzar. Bien, ha llegado la hora de ordenar todo. Considera que habrán varios beneficios tras realizar todos los trámites, como: mantener un orden financiero, acceso a las plataformas de apoyo financiero disponibles como capitales semilla y fondos concursables.

IMPORTANTE: Antes de entrar de lleno, es bueno saber que puedes solicitar apoyo a un contador para solicitar asesoría profesional y asistencia para realizar tramitaciones, o puedes informarte bien y realizarlas por tu cuenta. Si sabes poco al respecto, será mejor asesorarse.

¿Qué es una Pyme?

La sigla Pyme significa “pequeña y mediana empresa”. Según una clasificación del Ministerio de Economía, una empresa pequeña es la que al año vende productos o servicios por valores entre las 2.400 y 25 mil UF (Unidades de Fomento).

¿Cómo iniciar una Pyme?

Existen dos procedimientos para constituir una PYME que están vigentes en Chile. El más antiguo es más lento, puesto que requiere de una larga tramitación, mientras que el que se estableció a partir del año 2013, permite crear una rápidamente. No hablaremos del sistema antiguo ya que la idea es facilitar el proceso a todos quienes deseen materializar o regular su negocio propio.

Procedimiento Simplificado

¿Qué negocios se pueden crear con el procedimiento simplificado?

La empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL), la sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima cerrada, la sociedad anónima de garantía recíproca, la sociedad colectiva comercial, la sociedad por acciones, la sociedad en comandita simple y la sociedad en comandita por acciones. Están excluidas de este procedimiento las sociedades anónimas abiertas.

¿Qué facilidad hay para constituir estas empresas?

Estas empresas podrán obtener un RUT ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), iniciar actividades, ser constituidas, modificadas, fusionadas, divididas, transformadas, terminadas o disueltas, según sea el caso, a través de la suscripción de un formulario por el constituyente, socios o accionistas.

¿Cómo se obtiene el RUT de la empresa?

Mediante llenar formulario en el Sii (Servicio de Impuestos Internos), donde se le asignará un RUT (Rol Único Tributario) a toda persona natural u organización que acuda a sus oficinas. En el mismo formulario se podrá solicitar al Sii el inicio de actividades y el timbraje de documentos tributarios. Dicho de forma sencilla: tienes que acudir a la oficina del Sii correspondiente a tu comuna para solicitar información para comenzar con la tramitación. En ‘informaciones’ te entregarán las indicaciones para el registro y correspondiente formulario de registro. También te dirán que deberás averiguar los códigos de actividad económica, aplicables a tu rubro y tendrás que mandar a imprimir boletas, facturas (opcional), conseguir un par de libros, etc. También será necesario el Rol avalúo de la propiedad en donde funcionará el negocio. Así que podrías tener varias cosas preparadas de antemano. Con todo eso te tocará ir nuevamente al Sii. De igual manera, te recomendamos revisar lo que sigue…

¿Se puede hacer en línea?

Puedes ahorrar mucho tiempo en el proceso accediendo e informándote en Internet. Existe un portal con información sobre el proceso de registro, en un sitio web del gobierno llamado «Tu Empresa en un día» Este es el link con instrucciones al respecto: https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/21409-tu-empresa-en-un-dia

Finalmente y como recomendación, puedes ahorrar mucho tiempo contratando los servicios de algún contador o empresa para que te ayuden a efectuar la tramitación correctamente. Hay muchos anuncios en internet sobre ello, pero te recomendamos que investigues bien antes de decidir y que sea de preferencia alguien que cuente con recomendaciones y acreditaciones comprobables.

Desde ya, te deseamos lo mejor y no temas ni te compliques tanto con las tramitaciones, pues es lo que se debe hacer. Además después de ello seguirán otros trámites como por ejemplo, las declaraciones mensuales de impuestos y de renta anual. Haz todo como la ley lo indica y así tu negocio funcionará de forma sólida a través del tiempo.

Comparte esta publicación si te pareció útil y que tengas una excelente jornada!